La 'Federación Argentina de la Industria del Pan y Afines' (FAIPA) se reunió hoy en Buenos Aires para tratar los temas que ponen en situación crítica a la industria panadera en el país.
Entre los presentes estuvo el dueño de Panificación y Confitería Albertus, Pablo Albertus, quien en diálogo con LA GACETA contó como afectan las circunstancias a Tucumán.
El tema tarifas nos esta asfixiando, sobre todo lo que es luz y gas. Y la clandestinidad es catastrófica", fueron las primeras declaraciones del señor Albertus.
En cuanto a lo que es ventas, el dueño de una de las sucursales más importantes de la provincia, contó: "venimos con una tasa de 300% de harina y las ventas bajaron un 40% respecto del año pasado". Agregó que tuvieron que realizar una recomposición del 25% en los precios en una inflación del 50%, pero que hoy les resulta imposible seguir pagando las tarifas.
El FAIPA manifiestó que le dieron al Gobierno un plazo de 30 días para asistir al sector en siete puntos problemáticos:
1-Tarifas (impagables).
2-Cese de embargos por parte de la AFIP.
3-Control sobre el precio del trigo.
4-Cierre de 1.000 panaderías en el país.
5-Reducción de aportes patronales.
6-Moratorias a 60 meses sin intereses para el pago de deudas impositivas.
7-Control de la clandestinidad que llega al 40% a nivel nacional.
De no tener respuesta, la industria panadera manifestó no tener otra opción que cesar con los pagos impositivos para salvaguardar las fuentes laborales y el kilo de pan pasaría a costar $100.
Si bien el gobierno provincial no tiene ingerencia respecto a la situación, Albertus reveló que se esta tratando con el gobernador Juan Manzur y con el vicegobernador Osvaldo Jaldo un proyecto de ley para tener un registro de las panaderías en la provincia.
La idea del proyecto es generar un ente controlador, mantener un registro de las panaderías y sus panaderos con un código QR, nuevas certificaciones del Siprosa, proteger a los usuarios y evitar la clandestinidad.
Proecto de Ley de panaderías para Tucumán
- Creación de un registro único de centros de elaboración, distribución y despacho de pan y productos farináceos.
- Las personas físicas o jurídicas que exploten panaderías deberán contar con la correspondiente habilitación, así como su inscripción en el registro que se creará al efecto.
- Queda totalmente prohibida la venta de pan y productos afines, que no provengan de los centros de elaboración registrados y autorizados. Dicha procedencia se verificará mediante el Certificado expedido por el centro de elaboración. Vía reglamentaria se establecerá los requisitos y condiciones de los mismos.
- Por vía reglamentaria, y a los fines procurar las salubridad, seguridad e higiene, la reglamentación podrá determinar que tipos de pan o subproductos pueden comercializarse en estos establecimientos, así como las características de envasado, conservación, exhibición y transporte.
- Las Cámaras o Centros de Panaderos podrán interponer observaciones a los pedidos de habilitación fundadas en el incumplimiento de la normativa provincial y municipal vigente. Estas observaciones deberán ser resueltas por la Autoridad de Aplicación interviniente. Asimismo, podrán realizar las denuncias correspondientes al incumplimiento de la presente norma, quedando habilitado un registro con acceso público y publicación web mensual de todas las denuncias presentadas y las correspondientes actuaciones realizadas por el organismo contralor.
- Las personas que efectúen el despacho al público cuidarán el aseo personal y usarán ropa limpia con saco o guardapolvo en colores preferentemente claros. Cuando los cabellos sean largos y/o puedan tomar contacto con la mercadería deberán estar recogidos y/o con cofias. Le está prohibido manejar dinero al personal que manipula el pan o los alimentos directamente con las manos.
- Las infracciones a las normas emanadas de la presente Ley, serán penalizadas con las sanciones de: multa, decomiso, clausura, inhabilitación, de acuerdo a la tipificación de la falta y a la reiteración de la misma.